Decretos de pico y placa en Pasto
Un decreto por periodo, cada uno con su vigencia y su fuente. Los periodos viejos no se tocan nunca:
es lo que permite responder por un día de hace dos años sin inventar nada.
Decreto 0122 del 24 de julio de 2026 vigente
Carros particulares · Motos · Taxis
Ciclo que avanza un turno por día: 0-1 → 2-3 → 4-5 → 6-7 → 8-9.
Vehículos automotores (particulares, motos y taxis): de 7:30 a. m. a 7:00 p. m.
De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 7:00 p. m. No aplica sábados, domingos ni festivos.
Decreto 0088 del 27 de mayo de 2026
Carros particulares · Motos · Taxis
Ciclo que avanza un turno por día: 0-1 → 2-3 → 4-5 → 6-7 → 8-9.
Vehículos automotores (particulares, motos y taxis): de 7:30 a. m. a 7:00 p. m.
De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 7:00 p. m. No aplica sábados, domingos ni festivos.
Decreto 0053 del 27 de marzo de 2026
Carros particulares · Motos · Taxis
Ciclo que avanza un turno por día: 0-1 → 2-3 → 4-5 → 6-7 → 8-9.
Vehículos automotores (particulares, motos y taxis): de 7:30 a. m. a 7:00 p. m.
De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 7:00 p. m. No aplica sábados, domingos ni festivos.
Decreto 0016 del 30 de enero de 2026
Carros particulares · Motos · Taxis
Ciclo que avanza un turno por día: 0-1 → 2-3 → 4-5 → 6-7 → 8-9.
Vehículos automotores (particulares, motos y taxis): de 7:30 a. m. a 7:00 p. m.
De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 7:00 p. m. No aplica sábados, domingos ni festivos.
Lo que nos falta
Decirlo es parte del trato: si no está aquí, es que no lo tenemos.
- El Decreto 0122 vence el 24 de septiembre de 2026. Hay que cargar el que lo prorrogue o lo reemplace (el considerando anuncia el «pico y placa solidario»). Sin él, desde el 25 el sitio dirá «vencido», que es lo correcto.
- Contradicción interna del Decreto 0016 (arranque «Ciclo 3 … 0-1» frente a la tabla, que da 2-3): resuelta a favor de la tabla y marcada como confianza media.
- Huecos reales entre decretos: 31 de marzo (el 0016 vence el 30 y el 0053 arranca el 1 de abril) y 28-29 de mayo (el 0053 vence el 27 y el 0088 arranca el 1 de junio). Ningún acto publicado cubre esos días; el evaluador responde `sin_datos`.
- Enero de 2026 (antes del 2 de febrero) no está cargado: el decreto de fin de 2025 no se revisó.
- Las excepciones cargadas son una selección de las 25 del art. 3 del Decreto 0122; el resto (oficiales, escoltas, medios, servicios públicos, seguridad privada, grúas, veterinarias, funcionarios judiciales, alcaldes de Nariño…) está en el decreto.
- Vehículos de carga: el decreto habla de «vehículos automotores» sin excluirlos, pero no los nombra; no se cargó `carga` para no afirmar de más.