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Qué pasa si te pillan en pico y placa

En las 24 ciudades que tenemos cargadas, la sanción es la misma: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo.

Cuánto es en pesos

No lo vamos a poner aquí, y la razón es la misma por la que puedes confiar en el resto del sitio: no tenemos el decreto del salario mínimo cargado con su fuente, y una cifra copiada de un blog en la página que habla de multas sería exactamente el error que este sitio existe para no cometer.

El cálculo sí te lo podemos dar completo, y es de una línea:

salario mínimo mensual ÷ 30 × 15  =  la mitad de un salario mínimo mensual

Un «salario mínimo diario» es el mensual dividido en 30. Quince de esos son medio salario mínimo mensual. Así que si sabes cuánto es el salario mínimo de este año —lo fija un decreto del Ministerio del Trabajo cada diciembre— sabes cuánto es la multa: la mitad.

La grúa suele costar más que el comparendo

La sanción no es solo el dinero del comparendo: los decretos ordenan inmovilización, que significa que el carro se va en grúa a los patios. El traslado y cada día de parqueadero se cobran aparte, los fija cada ciudad, y la cuenta crece mientras el vehículo esté ahí. Por eso el costo real de que te pillen depende sobre todo de cuánto tardes en sacarlo, no del comparendo.

Esas tarifas no las tenemos cargadas: cambian por ciudad y por resolución, y no vamos a estimarlas.

Qué dice cada ciudad

Armenia

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (norma general: Ley 769 de 2002, art. 131, C.14; la Alcaldía la anuncia como «multa ... e inmovilización del vehículo, conforme a lo establecido por la Ley 769 de 2002»).

Barranquilla · Bello · Bogotá D.C. · Cali · Cartagena de Indias · Envigado · Medellín · Sabaneta

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo.

Bucaramanga

15 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilización del vehículo (Resolución 854 de 2025, art. 6).

Cúcuta

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (Decreto 0212 de 2024, art. 12: infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito).

Dosquebradas

15 salarios mínimos legales diarios vigentes (Decreto 384 de 2026, art. 7; Ley 769 de 2002, art. 131, C.14).

Floridablanca

15 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilización del vehículo (Resolución 008 de 2026, art. 8; infracción C.14).

Girón

Infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, «Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas»: 15 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilización (Decreto 000016 de 2026, art. 15).

Ibagué

15 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilización del vehículo (comunicado oficial de la Secretaría de Movilidad del 18 de junio de 2026).

Itagüí

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (Decreto 1011 de 2026, art. 10; Ley 769 de 2002, art. 131, C.14).

Manizales

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (Decreto Extraordinario 012 de 2026, art. 8, que remite al art. 131, lit. C, num. C.14 de la Ley 769 de 2002).

Neiva

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (Decreto 0530 de 2024, art. 9, para las jornadas del Día de la Bicicleta).

Pasto

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (norma general: Código Nacional de Tránsito, art. 131, literal C, infracción C.14; el decreto remite a la Ley 1383 de 2010 sin fijar cifra propia).

Pereira

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (norma general: Ley 769 de 2002, art. 131, C.14; el Decreto 301 de 2026, art. 6, remite a «las sanciones previstas en la Ley 769 de 2002»).

Piedecuesta

15 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilización del vehículo (Decreto 001 de 2026, art. 7; infracción C.14).

Santa Marta

15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) e inmovilización del vehículo (Decreto 213 de 2026, art. 5, que remite al art. 131, lit. C, num. 14 de la Ley 769 de 2002).

Soacha

Infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, «Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente» (Ley 769 de 2002, art. 131, literal C: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes), e inmovilización del vehículo. Decreto 0004 de 2024, art. 9.

Villavicencio

15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo (comparendo C14).

Transcrito del decreto vigente de cada ciudad. Los enlaces están en de dónde sale cada dato.

Lo que no cuenta como excusa

No haber visto la señal, ir de paso, o que el carro esté a nombre de otro no cambian nada: la restricción es por la placa y por el día. Lo que sí puede cambiarlo son las exenciones, y varias exigen haberse registrado antes.

Quiero que me lo recuerden

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